Artículo 18. Normativa de los cotos.

Se aprueba la normativa de los cotos de pesca que figura en el anexo XI de esta orden.


««anterior    siguiente»»

menú»»


Estadísticas
Viciopesca.Net le solicita permiso para el uso de cookies en nuestra web para un óptimo funcionamiento, en cumplimiento
con el Real Decreto-ley 13/2012. Al continuar con la navegación entendemos que acepta nuestra política de cookies. OK | Más información