Artículo 10.—Cangrejo de río

10.1. Permanece prohibida la pesca del Cangrejo común (Austrapotamobius italicus), en el Territorio Histórico de Bizkaia al ser una especie catalogada como en peligro de extinción mediante la Orden de 18 de junio de 2013, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se modifica el Catálogo Vasco de especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre y Marina.

10.2. La pesca del cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus), a la vista de los estudios realizados sobre el cangrejo en el Territorio Histórico de Bizkaia y de la experiencia de las pasadas temporadas así como lo dictado en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, se regulará mediante Orden Foral del Departamento de Agricultura.


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