Artículo 10.—Cangrejo de río
10.1. Permanece prohibida la pesca del Cangrejo común (Austrapotamobius
italicus), en el Territorio Histórico de Bizkaia al ser
una especie catalogada como en peligro de extinción mediante la
Orden de 18 de junio de 2013, de la Consejera de Medio Ambiente
y Política Territorial, por la que se modifica el Catálogo Vasco
de especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre y Marina.
10.2. La pesca del cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus),
a la vista de los estudios realizados sobre el cangrejo en el Territorio
Histórico de Bizkaia y de la experiencia de las pasadas temporadas
así como lo dictado en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto,
se regulará mediante Orden Foral del Departamento de Agricultura.