Artículo 4.—Sorteo de permisos de pesca
1. Con el fin de garantizar la distribución equitativa de los permisos para pescar en
los cotos I, II y III, definidos en el Anexo II de esta Orden, para la campaña 2017, la adjudicación
de estos se efectuará previo sorteo público entre los pescadores que muestren su
deseo de participar en el mismo.
Para optar a dicho sorteo, las solicitudes cumplimentadas según el modelo oficial que
figura como Anexo XI con nombre, dirección completa, número y fecha de expedición de
la licencia en vigor, se presentarán dirigidas al Área de Conservación de Flora y Fauna-Expedición
de Licencias y Permisos de Pesca, Alcalá, número 16, 28014 Madrid, por cualquiera
de los medios previstos en la legislación reguladora del régimen jurídico del sector
público y del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, durante
el mes de noviembre de 2016.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General del Medio Ambiente por cualquiera
de los medios previstos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común
y el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. En el caso de utilizar
la vía telemática, se realizará a través de la página web www.madrid.org.
2. Con el fin de mantener los grupos de pescadores, estos podrán presentar las solicitudes
en bloques de un máximo de seis pescadores, con la firma y exigencias citadas para
cada uno de ellos.
3. En la propia solicitud deberá indicarse si se concurre al sorteo de permisos de ribereños
cumpliendo los requisitos de artículo 7.b), o al turno libre. Los pescadores ribere-
ños que opten también al sorteo general por turno libre a la hora de elegir permiso del mismo,
no podrán solicitarlo de aquel acotado del que han participado como ribereño. La
duplicidad de un mismo pescador en distintas solicitudes en un mismo sorteo, llevará consigo
la inclusión del mismo, exclusivamente, con el número correspondiente a la primera
de ellas, en dicho sorteo, que se celebrará en la primera quincena del mes de enero de 2017.
4. Finalizado el plazo de solicitudes, se expondrá en el tablón de anuncios de la Consejería
de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio y en la pá-
gina web: www.madrid.org, en el Portal de Información y Servicios al Ciudadano, el listado
provisional de admitidos y excluidos y, cumplido el plazo de diez días de subsanación
de deficiencias, se expondrá el resultado del sorteo y el listado definitivo de admitidos con
el orden de prelación que corresponde a cada solicitud, indicando la fecha y hora para la
elección y retirada del permiso por parte del solicitante o persona autorizada y acreditada
como tal, el número máximo de permisos a elegir, y la fecha en la cual la Administración
pondrá a disposición de los pescadores en turno libre, por riguroso orden de petición, todos
los permisos sobrantes de ambos sorteos. Los interesados que resulten excluidos en el listado
definitivo podrán obtener los permisos sobrantes en el turno libre.
Tanto la lista provisional, como la definitiva, se aprobarán por Resolución de la Dirección
General del Medio Ambiente, teniendo una duración máxima el procedimiento de seis
meses, conforme prevé la legislación reguladora del procedimiento administrativo común.
Contra la Resolución del sorteo cabrá recurso de alzada en los casos y en la forma establecida
en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común, sin perjuicio
de lo cual se llevará a efecto la Resolución recaída. En caso de ausencia de notificación
de la resolución en plazo, la solicitud de autorización se entenderá estimada.
5. Una vez realizada la elección y efectuado el abono de la tasa correspondiente, se
expedirá el permiso solicitado.
El retraso o la no presentación en la hora y fecha indicadas para la recepción del permiso,
implicará la pérdida del derecho adquirido, pasando el solicitante al turno libre para la obtención
de los permisos restantes, una vez finalizado el proceso de selección por sorteo.
Finalizada la fase de expedición de permisos para los pescadores participantes en el
sorteo, la Administración pondrá a disposición de los pescadores en turno libre, por riguroso
orden de petición, todos los permisos sobrantes de ambos sorteos.