ARTICULO 2º. PERÍODOS, DÍAS Y HORAS HÁBILES.

2.1. Períodos hábiles.

El periodo hábil para la pesca de salmónidos en aguas continentales durante la presente temporada será el comprendido entre el 3 de abril y el 31 de julio, ambos inclusive. En los cotos de pesca sin muerte de Araxes, Zelai, Leizaran I y Leizaran II el período hábil de pesca de salmó- nidos se iniciará el 19 de marzo. En los embalses Urkulu, Lareo y Arriaran y en los tramos de pesca sin muerte de los ríos Oria, Oiartzun, Urumea, Santiago, Zelai, Urola e Ibai-Eder el periodo hábil se prolongará hasta el 30 de septiembre inclusive.

La pesca de ciprínidos, en los tramos declarados para ello, podrá realizarse durante todo el año.

2.2. Días Hábiles.

Dentro de la temporada de pesca, se considerarán días hábiles para el ejercicio de la pesca todos los días de la semana, excepto los martes no festivos. En los tramos acotados se estará a lo dispuesto en el Anexo I, en el que se especificarán los días hábiles para cada uno de los cotos de pesca del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

2.3. Horas hábiles.

Las horas hábiles de pesca serán las comprendidas entre una hora antes del orto (amanecer) y una hora después del ocaso (anochecer).


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