ANEXO IX
Masas de agua en las que se prohibe el cebo natural a partir del 1 de
julio
Provincia de A Coruña.
- Río Furelos y afluentes.
Provincia de Lugo.
- Río Asma y afluentes (Carballedo y Chantada).
- Rego Bieitas y afluentes (Taboada).
- Río Búbal y afluentes (Carballedo).
- Río Cabe y afluentes (A Pobra do Brollón, Bóveda, Monforte de Lemos, O Incio, O Saviñao,
Pantón, Paradela y Sober).
- Rego de Camporramiro (Chantada).
- Río Eo y afluentes: desde el nacimiento del río hasta el límite superior del coto de Vilarmide
(A Fonsagrada, Baleira, Pol y Ribeira de Piquín).
- Rego de Fondós y afluentes (Carballedo y Chantada).
- Río Ladra: coto de Begonte.
- Río da Lama y afluentes (Chantada).
- Río Landro: tramo 4 del coto de Viveiro.
- Río Loio y afluentes (Paradela y Sarria).
- Río Lor y afluentes (A Pobra do Brollón, Folgoso do Courel, O Incio, Pedrafita do Cebreiro,
Quiroga y Samos), excepto en el tramo comprendido entre el límite inferior del
coto de A Labrada y Ponte de Parada (Quiroga; x=635.898, y=4.702.397) con una longitud
aproximada de 4,8 km, y en el tramo comprendido entre A Ponte de Froxán (Folgoso do
Courel; x=643.354; y=4.711.576) y el límite superior del coto de A Labrada, con una longitud
aproximada de 6,5 km.
- Rego de Moreda y afluentes (Taboada).
- Río Navia y afluentes (A Fonsagrada, As Nogais, Baleira, Becerreá, Cervantes, Navia de
Suarna, Negueira de Muñiz y Pedrafita do Cebreiro).
- Río Neira y afluentes (Baleira, Baralla, Becerreá, Castroverde, Láncara, O Corgo, O Páramo Samos, Sarria y Triacastela),
excepto en el tramo autorizado para la pesca de ciprínidos,
aguas abajo del coto de A Pobra, en el tramo del Sarria aguas abajo del puente de la
carretera de Samos (calle Calvo Sotelo del núcleo urbano de Sarria) y en el curso principal
del Tórdea.
- Río Pambre y afluentes (Palas de Rei).
- Río da Ponte de Enviande y afluentes (Chantada y Taboada).
- Rego de Portocelo y afluentes (Taboada).
- Río Sardiñeira y afluentes (Bóveda y O Saviñao).
- Río Sil y afluentes: toda la red hidrográfica vertiente en el Sil y no incluida en otros párrafos,
con la excepción del curso principal de éste.
- Rego de Souto Varela y afluentes (Chantada).
- Rego de Vilela y afluentes (Taboada).
- Rego de Xamogo y afluentes (Portomarín y Taboada).
Provincia de Ourense.
Todas las masas de agua
de la provincia excepto las que a continuación se relacionan:
– Embalses en que se autoriza la pesca de ciprínidos y perca negra durante todo el año
(anexo VIII de esta orden).
– Embalses de Penarrubia (Sil), Cenza, Leboreiro (Mao), Santo Agostiño o Pías (Bibei).
– Río Miño: curso
principal.
– Río Sil: curso
principal.
– Río Avia: entre la
presa de Albarellos y la desembocadura en el río Miño.
– Río Támega: entre el
puente de la carretera N-525 y la frontera con Portugal.
– Río Arnoia: entre la
desembocadura del río Ourille y la desembocadura en el río Miño.
– Río Arenteiro: tramo
de pesca intensiva del coto de O Carballiño.