ANEXO IX
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LA PESCA EN LA PROVINCIA DE ZAMORA



Apartado 1.º– Excepciones a la fecha de apertura para la pesca de la trucha.

Se retrasa la apertura al 24 de abril en las siguientes aguas:

- Río Forcadura: Aguas arriba del puente que da acceso a la localidad de Barrio de Arriba, de Vigo de Sanabria, y todas las aguas que afluyen a este tramo.

- Arroyo Carambilla: En todo su curso y afluente.


Apartado 2.º– Excepciones a la fecha de cierre para la pesca de la trucha.

Se adelanta el cierre al 3 de julio:

- Río Negro: En todo su curso y afluentes.


Se retrasa el cierre al 31 de agosto, en las aguas embalsadas por la acción exclusiva de la presa del embalse y no por la acción de cualquier otra presa existente en su cauce o en alguno de sus afluentes en dicho tramo, de las siguientes masas de aguas:

Cuenca del Bibey:

- Embalse de Pías.


Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas:


Cuenca del Tera:

- Río Tera: Aguas abajo del embalse de Nuestra Señora de Agavanzal.


Apartado 3.º– Reglamentación específica de los cotos de pesca.

Cotos de salmónidos.

 

* Sólo mosca artificial y cucharilla de un solo anzuelo en días sin muerte.

** Coto Intensivo: El horario de pesca comienza a las 8 horas de la mañana

T= Permitidos los de todo tipo, excepto los prohibidos con carácter general en el artículo correspondiente de esta Orden

En la columna de días hábiles los días de la semana vienen representados como:
L=Lunes, M=Martes, X=Miércoles, J=Jueves, V=Viernes, S=Sábado, D=Domingo, F=Festivo

Los días de la semana que aparecen resaltados en negrita son días de pesca «sin muerte», en los cuales todas las truchas comunes capturadas deben devolverse a las aguas.


Apartado 4.º– Tramos libres sin muerte.

 

T= Permitidos los de todo tipo, excepto los prohibidos con carácter general en el artículo correspondiente de esta Orden

En la columna de días hábiles los días de la semana vienen representados como:
L=Lunes, M=Martes, X=Miércoles, J=Jueves, V=Viernes, S=Sábado, D=Domingo, F=Festivo

Los días de la semana que aparecen resaltados en negrita son días de pesca «sin muerte», en los cuales todas las truchas comunes capturadas deben devolverse a las aguas.


Apartado 5.º– Escenarios Deportivos Sociales de Pesca.

 

T= Permitidos los de todo tipo, excepto los prohibidos con carácter general en el artículo correspondiente de esta Orden

En la columna de días hábiles los días de la semana vienen representados como:
L=Lunes, M=Martes, X=Miércoles, J=Jueves, V=Viernes, S=Sábado, D=Domingo, F=Festivo

Los días de la semana que aparecen resaltados en negrita son días de pesca «sin muerte», en los cuales todas las truchas comunes capturadas deben devolverse a las aguas.


Apartado 6.º– Masas de Agua en Régimen Especial Controlado (AREC).

 

PN= Prohibidos cebos naturales.

T= Permitidos los de todo tipo, excepto los prohibidos con carácter general en el artículo correspondiente de esta Orden

En la columna de días hábiles los días de la semana vienen representados como:
L=Lunes, M=Martes, X=Miércoles, J=Jueves, V=Viernes, S=Sábado, D=Domingo, F=Festivo

Los días de la semana que aparecen resaltados en negrita son días de pesca «sin muerte», en los cuales todas las truchas comunes capturadas deben devolverse a las aguas.


Apartado 7.º– Otras masas de agua en régimen especial.

Ninguna.


Apartado 8.º– Vedas y prohibiciones especiales.

Veda total en:

Cuenca del Duero:

Subcuenca del Tera:

- Río Tera: Desde su nacimiento hasta el muro de la presa de Vega de Conde y todas las aguas que afluyen a este tramo.

- Río Tera: Aguas no embalsadas existentes entre la presa de Vega de Conde y la presa de Vega de Tera.

- Río Tera: Caño de la presa de La Chopera situado en su margen derecha en la localidad de El Puente de Sanabria.

- Río Trefacio: Desde su nacimiento hasta la presa del molino de San Ciprián de Sanabria.

- Río Trefacio: En el interior del Coto de Trefacio, 50 m. aguas arriba del puente existente hasta 50 m. aguas abajo de la presa del pueblo.

- Río Truchas: Desde su nacimiento hasta el área recreativa de Sotillo de Sanabria.

- Arroyo Truchas: Desde su nacimiento hasta su desembocadura en el embalse de Cernadilla, y todas las aguas que afluyen a este tramo


Subcuenca del Castro:

- Río Castro: Desde su nacimiento hasta su paso por el puente de acceso a la estación de Renfe en el pueblo de Requejo y todas las aguas que afluyen a este tramo.

- Arroyo de Parada: En todo su curso y afluentes.

- Arroyo de Candanedo: Desde su nacimiento (fuente Gandanera) hasta su desembocadura en el río Castro.


Subcuenca del Negro:

- Río Fontirín o de la Ribera: En todo su curso y afluentes. Excepto el tramo comprendido entre el puente sobre el río Fontirín en la carretera ZA-622 y el límite de los términos municipales de Muelas de los Caballeros y de Peque

- Río Negro: Desde su nacimiento hasta el puente de la carretera que une Doney con Escuredo y todas las aguas que afluyen a este tramo.

- Río Negro: Desde la desembocadura del caño del Molino Grande de Otero de Centeno hasta su confluencia con el río de la Ribera o Fontirín y todas las aguas que afluyen a este tramo.

- Río Sapo: Desde su nacimiento hasta el puente de la carretera que une La Bañeza con Palacios de Sanabria y todas las aguas que afluyen a este tramo.


Subcuenca del Tuela:

- Río Tuela: Desde su nacimiento hasta el puente de la carretera de Lubian a Chanos, y todas las aguas que afluyen a ese tramo.

- Río Pedro: Desde su nacimiento hasta el Puente de Porto os Carros y todas las aguas que afluyen al río Pedro en todo su recorrido.

- Arroyo de La Tuiza o Las Hedradas: En todo su curso y afluentes.


Subcuenca del Calabor:

- Río Calabor: Desde su nacimiento hasta el puente de las Barrancas y todas las aguas que afluyen a este tramo.


Subcuenca del Valdalla:

- Río Valdalla: Desde su nacimiento hasta el puente de la Ribera, en la localidad de Boya y todas las aguas que afluyen a este tramo.


Subcuenca del Manzanas:

- Arroyo del Cabrón: Desde su nacimiento hasta la confluencia con el río Manzanas y todas las aguas que afluyen a este tramo.


Subcuenca del Aliste:

- Arroyo de Riofrío o Becerril: Desde su nacimiento hasta la confluencia con el río Aliste y todas las aguas que afluyen a este tramo.


Subcuenca del Eria:

- Arroyo de Serranos: En todo su curso y afluentes


Subcuenca del Valderaduey:

- Lagunas de Villafáfila: Todas las lagunas y cursos de agua existentes en los términos municipales de Villafáfila, Revellinos y Villarrín de Campos, dentro de la Reserva Natural de “Las Lagunas de Villafáfila”.


Cuenca del Miño:

Subcuenca del Bibey:

- Arroyo de Valdeinfierno: En todo su curso y afluente


Apartado 9.º– Zonas Húmedas Catalogadas de interés especial vedadas total o parcialmente a la pesca.

Zonas Húmedas Catalogadas vedadas totalmente a la pesca.

Zona Húmeda Catalogada

Laguna de la Paviosa
Laguna de Villardón
Laguna de San Pedro
Tres Lagunas
Laguna de las Salinas
Laguna Parva (Salina pequeña)
Salina Grande
Laguna Molino Sanchón
Laguna Parva
Laguna de Arbellina
Laguna de Barillos
Laguna de las Paneras
Laguna de la Rosa (Salina 1)
Laguna de la Fuente (Salina 2)
Salina 3
Laguna de la Vega
Turbera de Valdecasares-1
Turbera de Valdecasares-2
Turbera de la Clara
Turbera de Puente Porto
Turbera del Majadavieja
Turbera del Moncalvo-1
Turbera del Moncalvo-2
Turbera del Moncalvo-3
Turbera del Moncalvo-4
Turbera del Moncalvo-5
Turbera de Camposagrado
Turbera de Lacillo
Turbera de Aguas Cernidas
Turbera de Maseirón
Turbera del Alto Tera
Turbera del Geijo
Turbera del Padornelo-1
Turbera del Padornelo-2
Turbera de las Sanguijuelas
Turbera de la Roya
Turbera de Covadosos
Turbera de la Dehesa
Turbera de la Barrosa
Localidad

Villarrín de Campos
Villarrín de Campos
Villarrín de Campos
Villarrín de Campos
Villarrín de Campos y Villafáfila
Villafáfila
Villafáfila
Villafáfila
Villafáfila
Villafáfila
Revellinos y Villafáfila
Revellinos
Revellinos
Revellinos
Revellinos
Revellinos
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Porto
Galende
Galende
Galende
Galende
San Justo


Apartado 10.º– Masas de agua en las que se permite la pesca del cangrejo rojo de las marismas (Procambarus clarkii) y del cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus).

Se permite la pesca de ambas especies de cangrejo desde el 5 de junio al 31 de diciembre, ambos inclusive, en las siguientes masas de agua:

- Río Valderaduey: En todo su curso y afluentes

En el resto de cursos y masas de agua, el periodo hábil de pesca de ambas especies de cangrejo será desde el 5 de junio al 15 de octubre, ambos inclusive.


No se permite su pesca en:

- En las zonas húmedas catalogadas relacionadas en el apartado 9.º de este Anexo provincial.

- Todas las lagunas y cursos de agua existentes en los términos municipales de Villafáfila, Revellinos y Villarrín de Campos dentro de la Reserva Natural de «Las Lagunas de Villafáfila».

- Cuenca del río Manzanas: Todos los cursos y masas pertenecientes a esta cuenca, incluyendo tanto aquellos afluentes que desembocan en el río Manzanas en la provincia de Zamora como aquellos afluentes que desembocan en el río Manzanas en Portugal. No se incluye dentro de esta excepción el tramo del río Manzanas existente entre la desembocadura del arroyo Cabrón hasta su entrada en Portugal (T.M. de Trabazos).

- Arroyo El Casal de Tábara: Desde su nacimiento hasta el cruce con la carretera de Tábara a Escober de Tábara y todas las aguas que afluyen a este tramo.


Se permite la pesca de ambas especies de cangrejo exclusivamente en los AREC siguientes dentro de las fechas indicadas:

Masas de Agua en Régimen Especial Controlado (AREC)

 

En la columna de días hábiles los días de la semana vienen representados como:
L=Lunes, M=Martes, X=Miércoles, J=Jueves, V=Viernes, S=Sábado, D=Domingo, F=Festivo


Apartado 11.º– Masas de agua en las que se permite la pesca de la rana común (Pelophylax perezi).

En todas las masas de agua de la provincia, con excepción de:

- Las incluidas dentro de la Reserva Regional de Caza de la «Sierra de la Culebra».

- Las incluidas dentro de la Reserva Natural de «Las Lagunas de Villafáfila».

- Las incluidas dentro del Parque Natural del «Lago de Sanabria y alrededores».

- Las incluidas dentro del Parque Natural de «Arribes del Duero».

- Las Zonas Húmedas Catalogadas relacionadas en el apartado 9.º de este Anexo provincial y la Zona Húmeda Catalogada «Laguna del Castrillo» en Toro.

- Los tramos de agua declarados como Cotos de Pesca, Tramos Libres Sin muerte, Masas de Agua en Régimen Especial, Escenarios Deportivo-Sociales de Pesca y Vedados.


Apartado 12.º– Masas de agua en las que se permite la pesca desde aparatos de flotación.

- Embalse de Valparaíso

- Embalse de Cernadilla

- Embalse de Nuestra Señora de Agavanzal

- Lago de Sanabria

- Embalse de Villalcampo

- Embalse de Castro

- Embalse de Almendra

- Embalse de San Román

- Embalse de Ricobayo: desde su presa hasta el puente Quintos, término municipal de Moreruela de Tábara


««anterior    inicio»»

menú»»



Estadísticas
Viciopesca.Net le solicita permiso para el uso de cookies en nuestra web para un óptimo funcionamiento, en cumplimiento
con el Real Decreto-ley 13/2012. Al continuar con la navegación entendemos que acepta nuestra política de cookies. OK | Más información