Artículo 9.- Licencia y permisos.

1. De acuerdo con artículo 4 del Decreto 75/2009 del Reglamento de desarrollo de la Ley de Pesca de La Rioja, los documentos necesarios para ejercitar la pesca en La Rioja son:

a) Licencia de Pesca.

b) Documento identificativo válido para acreditar la personalidad.

c) Para la pesca en Cotos, el permiso correspondiente.

2. Todo ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 17 de la presente Orden.


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