Artículo 9.- Licencia y permisos.
1. De acuerdo con artículo 4 del Decreto 75/2009
del Reglamento de desarrollo de la Ley de Pesca de La Rioja, los
documentos necesarios para ejercitar la pesca en La Rioja son:
a) Licencia de Pesca.
b) Documento identificativo válido para acreditar la
personalidad.
c) Para la pesca en Cotos, el permiso correspondiente.
2. Todo ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 17 de la presente
Orden.