Artículo 25.- Modo de obtención de los permisos.
1. Las solicitudes para obtener permisos de pesca para los Cotos, excepto Intensivos,
deberán presentarse en impresos gratuitos normalizados, personalmente o por correo en las oficinas de dicho
Organismo: calle Prado Viejo nº 62 bis, 26071-Logroño o en las Oficinas del Servicio de Atención al
Ciudadano del Gobierno de La Rioja, (Logroño: calle Capitán Cortés, 1 Tfno. 900700333; Torrecilla en
Cameros: calle Sagasta, 16 A Tfno.: 941460261, Cervera del Río Alhama: avenida de La Rioja, 6 Tfno.:
941198663, Haro: calle Juan Ramón Jiménez 2 Tfno.: 941304911, Nájera: Plaza de España 5 Tfno.: 941410457;
Santo Domingo de la Calzada: calle Sor María de Leiva 14 Tfno.: 941340266, Arnedo: calle Eliseo Lerena 24-26
Tfno.: 941385459, y Calahorra: Plaza de Europa 7-9 Tfno: 941137466). También podrán presentarse mediante
correo electrónico en la dirección: licenciasypermisos.cazaypesca@larioja.org. En cualquier caso, deberán
presentarse, en el período comprendido entre el primer lunes del mes de noviembre y el primer lunes del mes
de diciembre anteriores a la temporada en que se pretenda pescar.
2. Así mismo, las personas que hayan solicitado en años anteriores y dispongan de firma electrónica podrán
remitir su solicitud a través de internet remitiendo el formulario desde la oficina virtual de la página web
del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) en el plazo indicado en el párrafo anterior.
3. Para obtener permisos en los Cotos de Pesca Intensiva cuya gestión realizan Entidades Colaboradoras
en régimen de concesión, deberán dirigirse a las direcciones indicadas para cada uno de ellos en la
regulación de los mismos contenida en el Anexo I.
4. Para obtener permisos de pesca para ribereños, los interesados deberán acreditar su condición de
ribereños presentando solicitud y certificación de empadronamiento en un municipio ribereño de un coto.
Esta documentación se podrá presentar de manera individual o en documento colectivo con el resto de
solicitantes ribereños de cada Ayuntamiento ribereño, entre el primer lunes de noviembre y el primer lunes
de diciembre anteriores a la temporada en que se pretenda pescar.
5. No podrán solicitar permisos en Cotos de Pesca aquéllos que hayan sido inhabilitados para ello mediante
resolución firme.
6. El sorteo público para determinar el orden de petición de permisos para los Cotos de Pesca que gestiona
directamente la Dirección General de Medio Natural, se efectuará en las oficinas de dicho Organismo, calle
Prado Viejo nº 62 bis, 26071-Logroño, el segundo lunes del mes de diciembre anterior a la temporada de pesca,
a las 12 horas.
7. La Dirección General de Medio Natural establecerá mediante Resolución las normas de expedición de los
permisos de la oferta pública, que podrán ser consultadas en la página web del Gobierno de la Rioja
www.larioja.org. Ésta se elaborará en función de la planificación de los Cotos de Pesca correspondientes,
de las solicitudes recibidas y del resultado del sorteo, y establecerá entre otras cuestiones la fecha de
inicio de petición de permisos, que notificará a todos los solicitantes según el orden establecido en el sorteo.
Tras la reserva previa, la expedición de los permisos se efectuará previo pago por parte de los solicitantes
de las tasas correspondientes.
8. Los solicitantes podrán consultar en tiempo real los permisos disponibles en la página web del Gobierno
de La Rioja www.larioja.org/permisosdepesca.