DISPOSICIONES FINALES


Primera. Habilitación para desarrollo y ejecución.

Se autoriza a la Dirección General del Medio Natural a adoptar medidas complementarias que, no contraviniendo lo dispuesto en los artículos anteriores, faciliten la ejecución de la presente orden.


Segunda. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el 1 de enero del año 2016.



Valladolid, 1 de diciembre de 2015

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández

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