DISPOSICIONES FINALES
Primera. Habilitación para desarrollo y ejecución.
Se autoriza a la Dirección General del Medio Natural a adoptar medidas
complementarias que, no contraviniendo lo dispuesto en los artículos anteriores, faciliten
la ejecución de la presente orden.
Segunda. Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el 1 de enero del año 2016.
Valladolid, 1 de diciembre de 2015
El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,
Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández
Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández