Artículo 6. Concursos de Pesca

Las solicitudes se presentarán, antes del 31 de marzo de 2016, en las Direcciones Provinciales de la provincia donde se realicen los concursos, estableciéndose un calendario de competiciones a realizar en dicha provincia durante el año 2016.

Las solicitudes de autorización de concursos de pesca, en aguas libres no calificadas como trucheras, deberán ser tramitadas a través de la Federación de Pesca de Castilla-La Mancha o sus delegaciones provinciales, en el caso de competiciones oficiales.

La autorización deberá ser otorgada por la correspondiente Dirección Provincial, en el caso de competiciones provinciales y concursos de Sociedades y, por la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, en el caso de competiciones autonómicas, nacionales e internacionales, sin perjuicio de las autorizaciones que corresponda otorgar a las correspondientes Confederaciones Hidrográficas.

Estos concursos no podrán ocupar más del 25% del conjunto de sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico. Así mismo no se podrá superar el 50% de sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico, de los meses de junio, julio y agosto en su conjunto.

El plazo para resolver estas autorizaciones será de un mes desde la fecha de presentación. Estas autorizaciones se considerarán estimadas si, transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de su presentación en los registros de la Consejería, no ha recaído resolución expresa, según lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.


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