ANEXO III
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LA PESCA EN LA CUENCA DEL MIERA
Apartado 1. Excepciones a la fechas de apertura para la pesca de la trucha.
Se retrasa la apertura al 15 de mayo en los siguientes cursos fluviales:
- Río Miera: desde la desembocadura del río Pontones hasta la Presa del Revolvo, en
Liérganes.
Apartado 2. Excepciones a la fecha de cierre la pesca de la trucha.
Ninguna
Apartado 3.- Excepciones a los días y horarios hábiles.
Ninguna.
Apartado 4.- Excepciones a la talla mínima para la trucha común.
La talla mínima de las capturas será de 21 centímetros en los tramos siguientes:
- Río Miera: desde la desembocadura del río Pontones hasta la Presa del Revolvo, en
Liérganes.
Apartado 5.- Limitaciones específicas en materia de cebos y cupos.
Se prohíbe la utilización de cucharillas, devones, peces artificiales y similares a partir del 1 de
junio en los siguientes tramos:
- Río Miera: desde la desembocadura del río Pontones hasta la Presa del Revolvo, en
Liérganes.
- Coto de Mirones.
Apartado 6.- Reglamentación específica de los cotos de pesca.
Apartado 7.- Zonas libres sin muerte.
- Río Miera: desde la Presa del Revolvo hasta la Presa de Las Monjas, en la localidad de
Liérganes.
Apartado 8.- Vedados y prohibiciones especiales.
Queda prohibida la pesca de otras especies diferentes al salmón en los cotos salmoneros de
Batuerto y El Cuende.
Quedan vedados los siguientes cursos y tramos fluviales:
- Río Miera: desde la confluencia del Arroyo Valapedrosa hasta su nacimiento y todos los
afluentes en este tramo, incluido el anterior.
- Embalse de Heras.
Apartado 9.- Tramos autorizados para la pesca del salmón atlántico.
Ninguno.