ANEXO III
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LA PESCA EN LA CUENCA DEL MIERA



Apartado 1. Excepciones a la fechas de apertura para la pesca de la trucha.

Se retrasa la apertura al 15 de mayo en los siguientes cursos fluviales:

- Río Miera: desde la desembocadura del río Pontones hasta la Presa del Revolvo, en Liérganes.


Apartado 2. Excepciones a la fecha de cierre la pesca de la trucha.

Ninguna


Apartado 3.- Excepciones a los días y horarios hábiles.

Ninguna.


Apartado 4.- Excepciones a la talla mínima para la trucha común.

La talla mínima de las capturas será de 21 centímetros en los tramos siguientes:

- Río Miera: desde la desembocadura del río Pontones hasta la Presa del Revolvo, en Liérganes.


Apartado 5.- Limitaciones específicas en materia de cebos y cupos.

Se prohíbe la utilización de cucharillas, devones, peces artificiales y similares a partir del 1 de junio en los siguientes tramos:

- Río Miera: desde la desembocadura del río Pontones hasta la Presa del Revolvo, en Liérganes.

- Coto de Mirones.


Apartado 6.- Reglamentación específica de los cotos de pesca.



Apartado 7.- Zonas libres sin muerte.

- Río Miera: desde la Presa del Revolvo hasta la Presa de Las Monjas, en la localidad de Liérganes.


Apartado 8.- Vedados y prohibiciones especiales.

Queda prohibida la pesca de otras especies diferentes al salmón en los cotos salmoneros de Batuerto y El Cuende.

Quedan vedados los siguientes cursos y tramos fluviales:

- Río Miera: desde la confluencia del Arroyo Valapedrosa hasta su nacimiento y todos los afluentes en este tramo, incluido el anterior.

- Embalse de Heras.


Apartado 9.- Tramos autorizados para la pesca del salmón atlántico.

Ninguno.


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