CAPÍTULO VII
PESCA EN DETERMINADOS TRAMOS



Artículo 35. Ríos Cinca, Gállego, Huerva y Jalón.

Tras el conocimiento de los resultados de los análisis realizados en ejemplares de la ictiofauna de determinados tramos de ríos afectados por contaminantes químicos, la pesca en los tramos:

- Río Cinca: desde el polígono industrial de Paules en Monzón hasta su desembocadura en el río Ebro.

- Río Gállego: desde el embalse de Sabiñánigo hasta la presa de la Peña.

- Río Huerva: desde el núcleo urbano de Botorrita a la altura del puente sobre el río de la A-2101 hasta su desembocadura en el río Ebro (DG)

- Río Gállego Sabiñanigo entre el Puente de las Pilas y la Presa del embalse del Sabiñá- nigo se realizará en la modalidad de captura y suelta de cualquier especie piscícola, excepto la trucha arcoiris y la trucha común en el coto deportivo de Santa Quiteria y la trucha común en el tramo libre con extracción en Sábiñanigo que va desde el Puente de las Pilas hasta el Puente de la carretera Nacional sobre el río Gállego. Además, las truchas comunes que, en su caso, pudieran extraerse en este tramo deberán medir entre 21 y 25 cm.

Asimismo, se recomienda a efectos precautorios, la captura y suelta de cualquier ejemplar de pez, en el tramo del río Gállego que comprende desde la presa del embalse de la Peña hasta su desembocadura en el río Ebro y en el río Jalón desde el núcleo urbano de Bárboles hasta su desembocadura en el Ebro.


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