CAPÍTULO IV.
PESCA DE ESPECIES ALÓCTONAS O EXÓTICAS
EN TODAS LAS AGUAS DE ARAGÓN



Artículo 13. Ámbito de aplicación.

Las presentes normas serán de aplicación en todas las masas de agua de Aragón y tienen por objeto regular la captura y control de las especies especificadas en el artículo siguiente.

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