ARTÍCULO 11º. ESCENARIO DEPORTIVO:

11.1. Para el fomento y aprendizaje de la pesca de ciprínidos se establece la figura de Escenario Deportivo en el río Zadorra a su paso por la localidad de Nanclares de la Oca; sus límites son:

Límite superior: Restos de la pasarela peatonal denominada “Los Cañales”.

Límite inferior: Presa de Sorribas.

Longitud: 1,7 km.

11.2. El disfrute del Escenario Deportivo de ciprínidos requerirá de solicitud previa, tramitada a través de la Federación Vasca de Pesca Deportiva y Casting, en la Sección de Caza y Pesca de la Diputación Foral de Álava.

11.3. Las fechas en las que el Escenario Deportivo estará ocupado, total o parcialmente, se harán públicas en la página web de la Federación Vasca de Pesca Deportiva y Casting (www.fvpyc.org), con una antelación mínima de dos días a la fecha de celebración de un evento.

11.4. Todos los ejemplares que se capturen en el Escenario Deportivo, excepto aquellos de las especies listadas en el Anexo I de la presente Orden Foral, han de ser devueltos al agua tras la captura o medición, o al terminar la jornada de pesca si se está utilizando un rejón o recipiente “vivac”.

11.5. La pesca de las especies exóticas invasoras que se vean afectadas por el Real Decreto 630/2013 (Anexo I) ha de cumplir lo especificado en el Artículo 5º de la presente Orden Foral.

11.6. Para la utilización de elementos auxiliares de pesca se ha de cumplir lo especificado en el Artículo 18.2.d de la presente Orden Foral.


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