ARTÍCULO 11º. ESCENARIO DEPORTIVO:
11.1. Para el fomento y aprendizaje de la pesca de ciprínidos se
establece la figura de Escenario Deportivo en el río Zadorra a su
paso por la localidad de Nanclares de la Oca; sus límites son:
Límite superior: Restos de la pasarela peatonal denominada
“Los Cañales”.
Límite inferior: Presa de Sorribas.
Longitud: 1,7 km.
11.2. El disfrute del Escenario Deportivo de ciprínidos requerirá
de solicitud previa, tramitada a través de la Federación Vasca de
Pesca Deportiva y Casting, en la Sección de Caza y Pesca de la
Diputación Foral de Álava.
11.3. Las fechas en las que el Escenario Deportivo estará
ocupado, total o parcialmente, se harán públicas en la página web de
la Federación Vasca de Pesca Deportiva y Casting (www.fvpyc.org),
con una antelación mínima de dos días a la fecha de celebración de
un evento.
11.4. Todos los ejemplares que se capturen en el Escenario
Deportivo, excepto aquellos de las especies listadas en el Anexo I de
la presente Orden Foral, han de ser devueltos al agua tras la captura
o medición, o al terminar la jornada de pesca si se está utilizando un
rejón o recipiente “vivac”.
11.5. La pesca de las especies exóticas invasoras que se vean
afectadas por el Real Decreto 630/2013 (Anexo I) ha de cumplir lo especificado
en el Artículo 5º de la presente Orden Foral.
11.6. Para la utilización de elementos auxiliares de pesca se ha
de cumplir lo especificado en el Artículo 18.2.d de la presente Orden
Foral.