Artículo 20.—Escuelas de pesca

Las Escuelas de Pesca deberán estar gestionadas por una Sociedad legalmente constituida y cumplir la normativa al respecto establecida por el Departamento de Agricultura.

Aquellas sociedades interesadas en hacer uso de las Escuelas de Pesca deberán presentar antes del día 15 de marzo en la Sección de Caza y Pesca Continental la relación de fechas a utilizar de cada una de las Escuelas que aparecen en la presente Orden Foral al objeto de elaborar un calendario que confeccionará el Departamento de Agricultura.

El horario hábil de las escuelas de pesca será el comprendido entre las 9 horas y 30 minutos y las 16 horas y 30 minutos, siendo el tiempo máximo de pesca de 3 horas que podrán ser interrumpidas por clases teóricas, descansos etc..

Para el año 2014 se declaran Escuelas de Pesca, los siguientes cursos de agua:

— Arroyo Elexalde: Entre el puente sobre la carretera aguas arriba del molino de Errekalde y la presa del aparcamiento de Errekalde, en Leioa.

— Río Castaños: Entre el polideportivo Gorostiza y Telleretxe, en Barakaldo.

— Río Cadagua: Entre el deflector de Oreña y el comienzo del bidegorri en el barrio La Inmaculada, en Zalla.

— Río Ibaizabal: Entre las Presas de Arandia y Petralanda, en Iurreta.

— Río Ibaizabal: Entre la Presa de Izar y la desembocadura del río Garaitondo, en Amorebieta-Etxano.

— Río Mañaria: Tramo de Sanagustinalde, en Durango.

— Río Mayor o Barbadun: entre la pasarela situada a unos 275 metros aguas arriba del río Cotorrio y la desembocadura de este río, en Muskiz.

— Río Nervión: 50 metros aguas arriba de la desembocadura del arroyo San Pedro con ese río y la primera presa situada aguas abajo del puente de Arbieto de Orduña.

— Río Nervión: Entre la primera presa aguas arriba del puente de Zeberio y presa Bide-Zahar, en Ugao-Miraballes.

— Río Nervión: Entre la desembocadura del río Upo en ese río en el barrio Moiordín de Zaratamo y la presa del polideportivo de Arrigorriaga.


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