Artículo 20.—Escuelas de pesca
Las Escuelas de Pesca deberán estar gestionadas por una
Sociedad legalmente constituida y cumplir la normativa al respecto
establecida por el Departamento de Agricultura.
Aquellas sociedades interesadas en hacer uso de las Escuelas
de Pesca deberán presentar antes del día 15 de marzo en la
Sección de Caza y Pesca Continental la relación de fechas a utilizar
de cada una de las Escuelas que aparecen en la presente Orden
Foral al objeto de elaborar un calendario que confeccionará el Departamento
de Agricultura.
El horario hábil de las escuelas de pesca será el comprendido
entre las 9 horas y 30 minutos y las 16 horas y 30 minutos, siendo
el tiempo máximo de pesca de 3 horas que podrán ser interrumpidas
por clases teóricas, descansos etc..
Para el año 2014 se declaran Escuelas de Pesca, los siguientes
cursos de agua:
— Arroyo Elexalde: Entre el puente sobre la carretera aguas
arriba del molino de Errekalde y la presa del aparcamiento
de Errekalde, en Leioa.
— Río Castaños: Entre el polideportivo Gorostiza y Telleretxe,
en Barakaldo.
— Río Cadagua: Entre el deflector de Oreña y el comienzo del
bidegorri en el barrio La Inmaculada, en Zalla.
— Río Ibaizabal: Entre las Presas de Arandia y Petralanda, en
Iurreta.
— Río Ibaizabal: Entre la Presa de Izar y la desembocadura
del río Garaitondo, en Amorebieta-Etxano.
— Río Mañaria: Tramo de Sanagustinalde, en Durango.
— Río Mayor o Barbadun: entre la pasarela situada a unos 275
metros aguas arriba del río Cotorrio y la desembocadura
de este río, en Muskiz.
— Río Nervión: 50 metros aguas arriba de la desembocadura
del arroyo San Pedro con ese río y la primera presa situada
aguas abajo del puente de Arbieto de Orduña.
— Río Nervión: Entre la primera presa aguas arriba del puente
de Zeberio y presa Bide-Zahar, en Ugao-Miraballes.
— Río Nervión: Entre la desembocadura del río Upo en ese
río en el barrio Moiordín de Zaratamo y la presa del polideportivo de Arrigorriaga.