14.- Señalización
Los refugios, las zonas libres sin muerte y las zonas de pesca controlada deben señalizarse al inicio y al final, y deben dejarse, como mínimo, quinientos metros de espacio entre señal y señal.
Cada zona de pesca controlada dispone de una matrícula. Los dos primeros dígitos indican la cuenca
hidrográfica a la que pertenece. Los dos siguientes, separados por un guión, indican el número de la zona de
pesca controlada. Finalmente, se puede añadir la letra "A" indicando que el tramo es con muerte, la letra "B"
indicando que el tramo es sin muerte, o una "A/B" indicando que en la zona se puede practicar la pesca con
muerte o sin muerte según el permiso obtenido. En este último supuesto, los permisos de pesca se deben
adecuar a cada modalidad. Si la zona de pesca controlada es exclusivamente en la modalidad sin muerte, no
se añade ninguna letra.