-
a
[Especies]  [Normativas]  [Moscas]  [El tiempo]  [Embalses]  [Solunares]  [Página Principal]  [Consejos]  [Enlaces]  [Libros]  [Software]  [Fotos]  [Foro]  [Libro de visitas]

VALENCIA

Artículo 9. Acotados

La relación de acotados se refleja en el anexo III. Para la pesca en estos tramos es necesaria, además de la licencia de pesca, el permiso personal e intransferible expedido por el titular del acotado o por los servicios territoriales de la conselleria competente en materia de pesca continental.
La pesca en los acotados se regirá por las resoluciones aprobatorias de los proyectos o planes técnicos de aprovechamiento piscícola para cada acotado. Cuando en dicho plan no se especifique el cupo o cualquier otra norma o condición de pesca, esta se regirá según lo establecido en la presente orden.
La tasa de obtención de las distintas clases de permisos diarios se relaciona en el mismo anexo III.
««anterior    siguiente»»

<<Cerrar Ventana>>


Estadisticas de visitas

image linking to 100 Top Fly Fishing Sites