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VALENCIAArtículo 16. Otras limitacionesLas prohibiciones y limitaciones generales no recogidas en la presente
orden se regirán por lo dispuesto en la Ley 42/2007 de 13 de
diciembre del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
La pesca profesional, en el lago de La Albufera, donde está prohibida
la pesca deportiva, se regirá por su normativa propia.
Se prohíbe todo tipo de pesca en el embalse de Sitjar en la provincia
de Castellón, así como aguas abajo del mismo.
En aquellos embalses que esté prohibida la navegación, queda
prohibida la pesca desde embarcación y también empleando cualquier
medio de flotación.
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