ANEXO IX
RELACIÓN NO EXAHUSTIVA DE ACOTADOS DE PESCA EN LOS QUE PODRÁN REALIZARSE, PREVIA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA, SUELTAS CON EJEMPLARES DE LA ESPECIE TRUCHA ARCO-IRIS (ONCORHYNCHUS MYKISS) EN LAS CONDICIONES CITADAS EN EL ARTÍCULO 15


— Coto del embalse de La Jarosa: Término municipal de Guadarrama.

— Coto del embalse de Navalmedio: Término municipal de Cercedilla.

— Coto del embalse de Navacerrada: Término municipal de Navacerrada.

— Coto del Manzanares II: Desde el punto del río Manzanares a la altura de la derivación de caudal del antiguo molino de Manzanares el Real a su desembocadura en el embalse de Santillana.

— Coto del molino de la Horcajada: En río Lozoya, desde la confluencia entre los términos municipales de Canencia y Lozoya a la confluencia del arroyo de Santiago o de Gargantilla con el río Lozoya. En los términos municipales de Garganta de los Montes y Gargantilla del Lozoya.

— Coto de Santa María de la Alameda: En el río Aceña desde el límite superior del río en la entrada en la Comunidad de Madrid hasta el puente de la carretera de la Paradilla a la estación del Ferrocarril.

— Aguas privadas de pesca OCIPESCA: Antigua cantera en el término municipal de Alpedrete.


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