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NAVARRAORDEN FORAL 51/2010, de 1 de febrero, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establece la normativa específica que regirá la pesca en Navarra durante el año 2010.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de caza y pesca de Navarra, corresponde al Gobierno de Navarra proteger, conservar, fomentar y ordenar el aprovechamiento de los recursos cinegéticos y pesqueros de la Comunidad Foral de Navarra de acuerdo con criterios de sostenibilidad.
Es por tanto, la conservación de las especies y la perspectiva de la sostenibilidad del aprovechamiento de los recursos la que permite diseñar el plan de aprovechamientos de los recursos pesqueros de Navarra para la temporada de pesca durante el año 2010.
Al igual que en otras temporadas, se incorporan en diferentes Anexos y para mayor clarificación para el conjunto de los pescadores las zonas de los tramos fluviales que están integrados en las regiones salmonícolas superior y mixta o en la región ciprinícola, así como la parte de los ríos que se encuentran acotadas.
En su virtud, previo informe de la Comisión Asesora de Pesca y del Consejo Navarro de Medio Ambiente,
ORDENO:
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