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CANARIAS
TÍTULO PRELIMINAR
DEL OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1.
El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la práctica de la pesca marítima de recreo en sus diferentes modalidades, siendo su ámbito de aplicación el espacio marítimo comprendido por las aguas interiores del Archipiélago Canario.
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