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BALEARES

2. DOCUMENTACION OBLIGATORIA QUE DEBE APORTARSE

Durante el ejercicio de la pesca es obligatorio llevar la siguiente documentación, la cual deberá ser mostrada a los agentes de la autoridad que la soliciten:
- Licencia de Pesca Fluvial en vigor. Es un documento administrativo personal, nominal, individual e intransferible, cuya tenencia es necesaria para la pesca en las islas Baleares.
- Documento Nacional de Identidad o pasaporte en caso de no ser ciudadano comunitario.
- Permisos de Pesca. Son autorizaciones gratuitas que concede Administración Balear para pescar en los embalses de Gorg Blau y Pla de Cuber (término municipal de Escorca) o en los Espacios Naturales Protegidos.
- Permisos de Pesca en aguas de dominio privado. En dichas aguas solo podrán pescar los dueños o arrendatarios y las personas autorizadas por escrito por los dueños o titulares.
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